lunes, agosto 07, 2006

LAS SANCIONES EN SENADO Y DIPUTADOS

Luego del receso invernal ambos recintos legislativos cumplieron largamente sus respectivos objetivos.
En Senado, por unanimidad, quedo convertido en ley el proyecto destinado a fomentar la investigación, producción y uso del hidrógeno como combustible no contaminante. Crea el Fondo Nacional de Fomento de Hidrógeno y el Poder Ejecutivo será la autoridad de aplicación. El otro proyecto fue el referido a la ratificación en el Poder Ejecutivo nacional a partir del 24 de agosto de 2006 y por el plazo de tres años, la totalidad de la delegación legislativa sobre materias determinadas de administración o situaciones de emergencia publica, emitidas con anterioridad a la reforma constitucional de 1994, cuyo objeto no se hubiese agotado por su cumplimiento. (ver Legislación delegada)
Por su parte, en Diputados la sesión demoró su inicio porque los oficialistas no lograban reunir el quórum y el titular del bloque tuvo dificultades para conseguir sentar al resto de los diputados (Peronismo Federal) que acompañarían la sanción del polémico proyecto para modificar el artículo 37 de la ley de Administración Financiera.
El debate fue largo (78 fueron los oradores inscriptos) y la votación final (135 votos por la afirmativa y 91 por la negativa, 30 ausentes) se alcanzó cuando el reloj marcaba las 4.12 de la mañana. La nueva ley recibió el número 26.124.
Sobre esta sanción fuentes consultadas sostienen que violaría varios artículos de la Constitución Nacional, por ejemplo el 29 que considera infames traidores a la patria a quienes concedan la suma del poder publico al Poder Ejecutivo; el 75 que encomienda al Congreso fijar el Presupuesto Nacional y el 100 que determina que el Jefe de Gabinete debe ceñirse a la ejecución del Presupuesto votado por el Congreso.

CONCENTRACIÓN DE PODER
DIJERON. Patricia Vaca Narvaja, Fte. Victoria, Córdoba vice 1 de la Cámara de Diputados: Me parece de manera indebida, el mote de superpoderes cuando en realidad superpoderes eran los que le dio en su momento el Congreso a Cavallo con una serie de facultades muchísimo más amplias. La oposición si quiere cambiar cosas va a tener que trabajar, que tengan más representantes. Del Presupuesto prácticamente casi el 90% son gastos fijos que no se pueden modificar, que tienen que estar permanentemente asignados y ejecutados para los fines que fueron fijados.
Daniel Kroneberger (UCR-La Pampa) , consideró innecesaria la reforma propuesta por el Poder Ejecutivo, en cuanto a modificar el articulo 37 de la ley de Administración Financiera. Más que innecesaria, constituye un grave peligro para la división de poderes, prevista en nuestra Carta Magna.
Luis Galvalisi (Partido Demócrata Progresista, Capital Federal). “De ahora en más, las leyes ya no provienen del Congreso, las imponen el Presidente y su entorno, quienes, a su vez, disponen de más de cien mil millones de pesos para gastar a gusto propio y sin control de nadie, manejan a su antojo el dinero que obtienen y dictan a su arbitrio las reglas del país”.
Oscar Lamberto, Fte, Victoria, Santa Fe. “recibí mas de 2000 mail acusándonos de infames traidores a la Patria”.
Roberto Iglesias (UCR, Mendoza), “El Congreso fija el Presupuesto y el jefe de Gabinete lo debe ejecutar. Esto significa delimitar, pero también ajusticiar”
Mauricio Macri, (PRO, CABA,) “Con este sistema, necesitaremos de un iluminado, que no se equivoque, porque nosotros no vamos a tener instrumentos para ayudarlo.
Francisco de Narváez, (Peronismo Federal) En el 2002 y en el 2003 no hubo presupuesto con superpoderes, sí lo hubo en el 2004 y en el 2005, se manejó la crisis más profunda de la historia de la Argentina sin necesidad de superpoderes. Volvieron en el 2004, en el 2005 en pleno ejercicio de este Gobierno, pero este presupuesto (...) con estas características del país normalizado, el crecimiento de la economía y habiendo salido de la crisis no fueron necesarios los superpoderes para hacer todo lo que se viene haciendo y producir este resultado que se celebra."

LEGISLACION DELEGADA
En medio del debate en el recinto del Senado, el jujeño Gerardo Morales expresó que “nuevamente se propone, esta vez por tres años, la ratificación en el Poder Ejecutivo, de la totalidad de la delegación legislativa emitidas con anterioridad a la reforma constitucional de 1994, con los alcances dispuestos por la ley 25.918, del año 2004 sancionada durante la presidencia del Dr. Kirchner, que continúa el objetivo de la ley 25.645, del año 2002, sancionada durante la presidencia del Dr. Duhalde, que continúa el objetivo de la ley 21.148, del año 2001, sancionada durante la presidencia del Dr. Ménem. Es tiempo de ocuparnos, ya llevamos más de 10 años de lamentaciones, Para mí eso es más que suficiente", enfatizó.
Paso seguido y para no continuar con las utopías afirmo el jujeño propuso un proyecto donde se proponía el análisis conjunto de la problemática que no tuvo tratamiento. Instó para que la propuesta de crear en el ámbito del Congreso de la Nación la Comisión Bicameral de Evaluación de la Legislación Delegada Preexistente sea el único camino válido. "La seguridad jurídica, redunda en el crecimiento del país y es un componente esencial de un Estado de Derecho, la propuesta acompañada se orienta a alcanzar este objetivo para dejar de lado el camino de las utopías", finalizó Morales.

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OCURRIDO EN LAS COMISIONES

CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL. La comisión de Justicia firmó el dictamen del proyecto de ley por el cual se plantea modificar el artículo 315 del Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación (ley 22.434), el que quedará redactado de la siguiente forma: “La declaración de caducidad podrá ser pedida en primera instancia, por el demandado, en los incidentes, por el contrario de quien lo hubiere promovido; en los recursos, por la parte recurrida. La petición deberá formularse antes de consentir el solicitante cualquier actuación del tribunal posterior al vencimiento del plazo legal y se sustanciará previa intimación a las partes para que en el término de cinco días manifiesten su intención de continuar con la acción y produzcan actividad procesal útil para la prosecución del trámite, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de decretarse la caducidad de la instancia”.
También se aprobó un proyecto de ley por el que se modifica el artículo décimo tercero de la ley 24.522 de Concurso y Quiebra, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Presentado el pedido de Quiebra o, en su caso, vencido el plazo que acuerde el juez, éste se debe pronunciar dentro del término de cinco días. Debe rechazar la petición, cuando el deudor no sea sujeto susceptible de concurso preventivo, si no se ha dado cumplimiento al art. 11, si se encuentra dentro del período de inhibición que establece el artículo 59, ó cuando la causa no sea de su competencia. Tampoco se ordenará la apertura del concurso cuando el deudor, haya cesado en su actividad y carezca de ingresos, no computándose a este fin los de carácter provisional, no los provenientes de valores locativos de inmuebles embargados. La resolución es apelable”.

REGIMEN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS. En la comisión de Legislación del Trabajo se emitió dictamen sobre un proyecto que introduce una modificación a la ley de Contrato de Trabajo en relación a los plazos para dirimir situaciones a partir de medidas disciplinarias que pudiera disponer la empresa a un trabajador. La modificación propuesta se relaciona con el artículo 67 de la Ley de Contrato de Trabajo y a través de ella se propone que el empleador podrá aplicar medidas disciplinarias proporcionales a las faltas o incumplimientos demostrados por el trabajador. Para que ello sea procedente deberá oírse previamente al trabajador. En tal sentido el dictamen establece que el empleador contará con 48 horas para notificar al empleado respecto de la medida disciplinaria y éste último tendrá un plazo de 75 días para efectuar su descargo.
Por último, la comisión emitió dictamen sobre el proyecto que modifica el artículo 18 de la Ley de Contrato de Trabajo referida a tiempo de prestación de servicios de un trabajador. Se propone una modificación del mencionado artículo para disponer que “cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará tiempo de servicio el de la duración de la vinculación entre las partes aun cuando la misma se hubiere suspendido, el que corresponda a los sucesivos contratos a plazo que hubieren celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador”.


PROYECTOS DE LEY CON PREFERENCIA
A TRATARSE EN DIPUTADOS

Con despacho de comisión.

* En revisión, declara la inembargabilidad de las indemnizaciones dispuestas por ley 25.471, programa de propiedad participada – ex agentes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

* Preservación y conservación de los recursos ícticos del rio Paraná. Creación del Consejo Federal pesquero del río Paraná.


Temas empresarios en las comisiones

(Anunciadas hasta el cierre de esta edición)

HOY
DIPUTADOS


• En la comisión de Acción Social y Salud Pública, recibirán a la Dra. Graciela Ventura, Coordinadora General del PROAPS –PROGRAMA DE REFORMA ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD – REMEDIAR, a efectos de debatir temas relacionados con su especialidad. Código Alimentario Argentino-Ley 18.284- Modificación. Características que debe cumplir el agua para ser considerada potable en nuestro país. Estupefacientes –ley 17.818-. Modificación del art. 17, sobre despacho en farmacias. Modificación de la ley 19.303.

• En la comisión de Legislación Penal, proyecto de Ley en revisión por el cual se modifican artículos del Código Penal y del Código Procesal Penal tendientes a otorgar a la autoridad judicial la utilización de criterios para la transformación de la acción pública en privada: concurrirá especialmente invitado el Dr. José Cafferata Nores (mc), quién expondrá sobre el tema. Proyecto de ley en revisión por el cual se modifica el Código Penal, sobre acoso sexual; Código Procesal Penal. Modificación del artículo 456 sobre el recurso de casación; Registro Nacional de Identificación Genética de abusadores sexuales. Creación en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

• En la comisión de Agricultura y Ganadería, Creación de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario; Sustitución del artículo 874 del Código Alimentario, sobre la descripción específica del pimiento para pimentón.

• En la bicameral de Seguimiento. y Coordinación del Digesto Jurídico Argentino: Consideración del estado actual de situación y avance del Proyecto Digesto Jurídico Argentino y la labor de la Comisión de Juristas.

• En la comisión de Justicia, Concursos y Quiebras - ley 24522 -. Modificaciones, sobre apertura del proceso y publicación de edictos


SENADO

• En la comisión Legislación General, proyectos de ley sobre matriculación para el ejercicio profesional de agrimensores, agrónomos, arquitectos e ingenieros.
Posteriormente, en reunión conjunta con la comisión de Salud y Deporte y la de Población y Desarrollo Humano, los proyectos de ley sobre Régimen del Derecho Personalísimo sobre el Propio Cuerpo, en lo referente a intervenciones quirúrgicas sobre concepción y procreación (en revisión) y de decisiones quirúrgicas reproductivas.

• En la comisión de Trabajo y Previsión Social, proyecto de Ley en Revisión sustituyendo el Art. 80 de la Ley 20.744 (t.o.1976) Ley de Contrato de Trabajo-Modificado por la Ley 25.345. Proyecto de Ley en revisión ratificando en todos sus términos los Decretos del PEN 883/2002, 662/2003, 256/2003, 1351/2003, 369/2004 y 823/2004 por los cuales se estableció la suspension por 180 días de los despidos sin causa justificada.

MIERCOLES
SENADO
• En la comisión de Presupuesto y Hacienda, se recibirá a representantes de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina y del Centro de Exportadores de Cereales, quienes hicieron llegar a la comisión diferentes inquietudes que plantean empresas miembros.
• En la comisión de Relaciones Exteriores y Culto, proyecto de ley por el cual se aprueba el arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas.


JUEVES
DIPUTADOS


• En la comisión de Legislación General, Impacto ambiental de obras y actividades. Presupuestos mínimos para su evaluación; Concurrirá la secretaria de Medio Ambiente, Dra. Romina Picolotti, con el objeto de brindar su opinión. Código Civil. Modificación de los arts. 1807, 1808 y 1820, sobre prohibición de donación entre cónyuges; Código Civil. Incorporación del artículo 479 bis, sobre designación de curador por personas mayores capaces que prevean una eventual incapacidad o inhabilidad; Código Civil. Modificación del artículo 990, sobre los que no pueden ser testigos en los instrumentos públicos. Propiedad Intelectual - Ley 11.723 -. Modificación del articulo 5, sobre plazos de protección post mortem autoris.

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